Política de conflicto de interés

Se entiende por conflicto de interés toda relación personal, académica, institucional, comercial o financiera que pueda influir en el juicio de quienes participan en el proceso editorial. Los conflictos más frecuentes incluyen: dirección de tesis o coautoría reciente con quien envía el manuscrito; relación laboral o financiera vinculada al tema de investigación; y relaciones personales o familiares con la autoría.

Obligaciones por actor

  • Autores/as: deben declarar en el formulario de envío cualquier fuente de financiamiento y cualquier conflicto de interés real o potencial. Si no existe conflicto, debe declararse explícitamente.
  • Evaluadores/as: deben informar a la Dirección si detectan un conflicto de interés con la autoría o el contenido del manuscrito asignado y abstenerse de participar en su evaluación.
  • Equipo editorial: los/las integrantes no pueden tomar decisiones sobre manuscritos en los que exista un conflicto de interés, ni enviar trabajos propios a la revista durante su mandato.

 

El conflicto de interés declarado por la autoría será informado a los/las evaluadores/as. Si es relevante para la interpretación del trabajo, se indicará en el artículo publicado.